Ingreso de Profesiones y Comisiones
Las personas que trabajan por cuenta propia o reciben ingresos de comisiones tienen que reportarlo en la planilla de Contribución Sobre Ingresos en el Anejo M. En este anejo se reportan los ingresos y los gastos
relacionados con su profesión.
Toda persona que trabaja por servicios profesionales o recibe ingreso por concepto de comisiones tiene que estar registrado en el Registro de Comerciantes del Departamento de Hacienda.
Si trabaja por su cuenta y no le retienen el 7% de contribución retenida, tiene la obligación de hacer una declaración de contribución estimada en el formulario 480.E. Esta declaración se tiene que radicar para el 15 de abril del 2009.
Si al llenar la planilla de Contribución sobre ingresos de Puerto Rico, debe más de $200 dólares, tiene la obligación de hacer pagos estimados al Departamento de Hacienda.
Al trabajar por su cuenta, tiene la obligación de pagar el Seguro Social al gobierno federal. Este pago se hace en la planilla 1040PR.
Si al radicar la planilla 1040PR.tiene que pagar más de $1,000 dólares, tiene que hacer pagos estimados al gobierno federal para cubrir su responsabilidad contributiva.
Los pagos de contribución estimada tanto para la planilla de Puerto Rico como para la planilla federal vencen en unas fechas especifícas. Estas son abril 15, junio15, septiembre 15 y enero 15 del año siguiente.
No cumplir con los pagos estimados conlleva tener que pagar penalidades, recargos e intereses.
Para más información consulte con un profesional de H&R Block.
Toda persona que trabaja por servicios profesionales o recibe ingreso por concepto de comisiones tiene que estar registrado en el Registro de Comerciantes del Departamento de Hacienda.
Si trabaja por su cuenta y no le retienen el 7% de contribución retenida, tiene la obligación de hacer una declaración de contribución estimada en el formulario 480.E. Esta declaración se tiene que radicar para el 15 de abril del 2009.
Si al llenar la planilla de Contribución sobre ingresos de Puerto Rico, debe más de $200 dólares, tiene la obligación de hacer pagos estimados al Departamento de Hacienda.
Al trabajar por su cuenta, tiene la obligación de pagar el Seguro Social al gobierno federal. Este pago se hace en la planilla 1040PR.
Si al radicar la planilla 1040PR.tiene que pagar más de $1,000 dólares, tiene que hacer pagos estimados al gobierno federal para cubrir su responsabilidad contributiva.
Los pagos de contribución estimada tanto para la planilla de Puerto Rico como para la planilla federal vencen en unas fechas especifícas. Estas son abril 15, junio15, septiembre 15 y enero 15 del año siguiente.
No cumplir con los pagos estimados conlleva tener que pagar penalidades, recargos e intereses.
Para más información consulte con un profesional de H&R Block.
- Cambios en la planilla de
Puerto Rico para el año
contributivo del 2008 - Declaración de contribución
estimada - Deducciones educativas
- Documentos importantes al
llenar tu planilla - Estrategias de última hora
- Evitar errores al llenar tu
planilla - Gastos ordinarios y
necesarios - Ingreso de alquiler
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comisiones - Pago del Estímulo Económico
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planilla en Puerto Rico